Preguntas frecuentes

Todo lo que debes saber sobre fiadores y arrendamiento en Colombia

Reunimos y explicamos, en un solo lugar, las dudas legales y prácticas más comunes sobre fiadores, codeudores, aseguradoras y contratos de arrendamiento.

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Fiadores y codeudores

Un fiador es la persona que firma un contrato de fianza y se compromete a responder por una obligación ajena —como el pago de un arriendo o un crédito— si quien la adquirió (el deudor principal) no cumple. Según el artículo 2361 del Código Civil colombiano, la fianza es una obligación accesoria: solo existe porque hay una obligación principal detrás, como el contrato de arrendamiento.

Lo esencial del fiador es que su responsabilidad no es automática: antes de exigirle el pago, el acreedor (el arrendador o la entidad) debe intentar cobrarle primero al deudor principal usando sus propios bienes e ingresos. Solo si eso no alcanza, el fiador entra a responder. Puede ser fiador cualquier persona mayor de edad con capacidad de pago y libre administración de sus bienes.

Fuente: Gerencie.com, DataCrédito Experian.

Un codeudor es la persona que se compromete solidariamente con el deudor principal a responder por una obligación desde el mismo momento en que esta se adquiere. A diferencia del fiador, el codeudor no tiene el beneficio de que primero se le cobre al deudor principal: el acreedor puede exigirle el pago directamente a él en cuanto haya un incumplimiento, sin importar si el deudor principal tiene o no bienes para responder.

Por eso su historial en las centrales de riesgo se ve afectado desde el primer reporte de mora del titular de la obligación, incluso si el codeudor nunca se enteró del atraso. Es una figura común tanto en créditos como en contratos de arrendamiento, y no se puede renunciar una vez asumida: el compromiso dura hasta que la deuda quede pagada en su totalidad.

Fuente: Mercado Libre Colombia, El Tiempo.

La diferencia clave está en el momento en que cada uno responde. El fiador goza del llamado "beneficio de excusión": el acreedor debe agotar primero el cobro contra el deudor principal (embargar sus bienes, cuentas, etc.) y solo si eso no cubre la deuda, puede ir contra el fiador. El codeudor, en cambio, responde de forma solidaria e inmediata: el acreedor puede cobrarle a él directamente desde el primer incumplimiento.

Esto también se refleja en las centrales de riesgo: el codeudor se ve afectado desde el primer reporte de mora, mientras que el fiador solo entra en juego cuando ya se agotaron las gestiones de cobro contra el deudor principal. Por esa razón, muchas inmobiliarias y aseguradoras prefieren la figura del codeudor solidario, que ofrece un respaldo más inmediato.

Fuente: Mercado Libre Colombia, Metrocuadrado.

Es la figura más solicitada por propietarios, inmobiliarias y aseguradoras en Colombia a la hora de firmar un contrato de arrendamiento. Un Fiador con Finca Raíz respalda el contrato con un inmueble de su propiedad —libre de hipoteca, embargo o afectación a patrimonio familiar— que sirve como garantía real de que, si el arrendatario incumple, existe un bien tangible que respalda la obligación.

No es necesario que el fiador entregue o hipoteque ese inmueble: basta con que exista, esté a su nombre y se pueda verificar mediante el certificado de tradición y libertad. Es exactamente el servicio que ofrecemos en Fiador: te conectamos con un Fiador con Finca Raíz ya verificado, sin tener que buscarlo entre tus contactos.

Fuente: Century 21 Sinergy, arriendo.com.

Un fiador o codeudor solvente es aquel que respalda el contrato demostrando ingresos, no un inmueble. La exigencia habitual es que sus ingresos mensuales certificados sean, como mínimo, el doble del valor del canon de arrendamiento, y se comprueba con desprendibles de nómina, extractos bancarios o certificados de ingresos si es independiente.

Es la alternativa al Fiador con Finca Raíz cuando el respaldo se basa en capacidad de pago en lugar de un bien inmueble. En muchos casos, dependiendo del valor del canon, las inmobiliarias piden combinaciones: por ejemplo, un codeudor solvente para cánones bajos, o un codeudor solvente más un codeudor con finca raíz para cánones más altos.

Fuente: ME Inmobiliaria, Inmobiliaria B&R.

Aseguradoras e inmobiliarias

Una aseguradora es una compañía autorizada y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, y es la única entidad que, desde el punto de vista legal, puede emitir pólizas de seguro en el país, incluidas las pólizas de arrendamiento. En el contexto de un contrato de arriendo, la aseguradora evalúa el perfil del arrendatario (historial crediticio, ingresos, referencias) y, si lo aprueba, emite una póliza que le garantiza al propietario el pago del canon.

A diferencia de la inmobiliaria, la aseguradora no gestiona el proceso completo de arrendamiento, sino específicamente la garantía del pago mediante la póliza.

Fuente: La República, El Colombiano.

Una inmobiliaria es una empresa dedicada a intermediar en el mercado de arriendo y venta de propiedades: publica los inmuebles, filtra y evalúa a los posibles inquilinos, gestiona la firma del contrato, recauda el canon mensual y se encarga de la relación entre propietario e inquilino durante toda la vigencia del arrendamiento. A cambio de ese servicio integral, suele cobrar una comisión sobre el valor del arriendo, en general entre el 6% y el 10% anual.

Muchas inmobiliarias además tienen convenios con aseguradoras, de modo que si el inquilino incumple, la póliza asociada cubre el pago sin que el propietario tenga que hacer ninguna gestión adicional.

Fuente: El Sitio Inmobiliario, La República.

Un seguro de arrendamiento —también llamado póliza de arrendamiento— es un contrato con una compañía aseguradora que le garantiza al propietario el pago del canon mensual si el inquilino deja de cancelarlo. Según el tipo de plan y la aseguradora, también puede cubrir cuotas de administración, servicios públicos no pagados por el arrendatario, daños al inmueble y asesoría jurídica si el caso llega a proceso legal.

El costo aproximado es la mitad de un canon mensual por cada año de cobertura: por ejemplo, para un canon de un millón de pesos, la póliza anual ronda los $500.000. Es una alternativa al fiador o codeudor: en lugar de conseguir una persona que respalde el contrato, se paga directamente por esa garantía a la aseguradora.

Fuente: Seguros Bolívar, Portafolio.

Contratar directo con el propietario suele ser más económico, pero exige que ambas partes gestionen todo por su cuenta: redacción del contrato, verificación del fiador, cobros mensuales y cualquier eventualidad. Contratar con una inmobiliaria significa que ella se encarga de todo el proceso —publicar, filtrar inquilinos, redactar el contrato, cobrar el canon y mediar en caso de incumplimiento— a cambio de una comisión.

Contratar con una aseguradora implica que, en lugar de (o junto con) un fiador, existe una póliza que garantiza el pago del canon si el inquilino incumple; suele ser más económico que una inmobiliaria pero cubre específicamente el respaldo financiero, no la gestión completa del arriendo. Cada camino pide un tipo de respaldo distinto, por eso el valor del servicio de fiador cambia según con quién se contrate.

Fuente: El Colombiano, La República.

Finanzas y documentos

El puntaje en centrales de riesgo como DataCrédito o TransUnion —que en Colombia va aproximadamente de 150 a 950 puntos— resume qué tan cumplido has sido con tus obligaciones financieras: arriendos, tarjetas de crédito, créditos de consumo, planes de celular, entre otros. Mientras más alto el puntaje, menor riesgo representas para quien evalúa tu solicitud.

Esto es especialmente relevante para un fiador o codeudor, porque casi todos exigen que la persona no tenga reportes negativos vigentes: un mal puntaje puede ser motivo directo de rechazo, sin importar qué tan buenos sean sus ingresos. La buena noticia es que no existe un puntaje "negativo": la escala solo mide oportunidades de mejora, y los reportes positivos por pago cumplido permanecen indefinidamente en el historial.

Fuente: Datacrédito, Bancolombia Educación Financiera.

Aunque varía según si se contrata directo con el propietario, con inmobiliaria o con aseguradora, los documentos que casi siempre se piden son: cédula de ciudadanía (o de extranjería) del arrendatario y del fiador o codeudor, certificación laboral con fecha reciente, los últimos desprendibles de nómina o certificado de ingresos si es independiente, y extractos bancarios de los últimos 3 meses.

Si el respaldo es un Fiador con Finca Raíz, además se exige el certificado de tradición y libertad del inmueble, vigente y libre de gravámenes. Para personas jurídicas se añade el RUT y el certificado de Cámara de Comercio. En Fiador nos encargamos de reunir y verificar toda esta documentación del fiador, para que solo tengas que enfocarte en tus propios papeles.

Fuente: Notaría 19 Bogotá, arriendo.com.

Marco legal

El artículo 2367 del Código Civil colombiano se titula "Fianza remuneratoria" y establece que el fiador puede estipular con el deudor una remuneración pecuniaria por el servicio que le presta. En otras palabras, la ley colombiana reconoce expresamente que ser fiador no tiene que ser un favor gratuito entre familiares o amigos: puede ser un servicio profesional y remunerado.

Esto convierte la fianza en "onerosa" (con cobro) en lugar de "gratuita", y es precisamente el fundamento legal sobre el que operan las empresas de fiadores con finca raíz en Colombia, incluida la nuestra: un servicio de fianza pagado, respaldado por el Código Civil desde el artículo 2361 hasta el 2408.

Fuente: Código Civil Colombiano — Secretaría del Senado, Gerencie.com.

Una persona natural es cualquier ser humano que, por el solo hecho de existir, tiene capacidad legal para adquirir derechos y contraer obligaciones (artículo 74 del Código Civil): firma contratos con su cédula de ciudadanía y responde con todo su patrimonio personal. Una persona jurídica, en cambio, es una entidad creada legalmente —una empresa, por ejemplo— con identidad propia ante la ley, independiente de las personas naturales que la conforman.

Firma con su NIT, actúa a través de un representante legal, y responde primero con el patrimonio de la empresa antes que con el de sus socios a título personal. En un contrato de arrendamiento, esta diferencia cambia qué documentos se piden y quién responde legalmente si algo sale mal.

Fuente: Tiendanube, Blog Nu Colombia.

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